Se crea el Comité Nacional de Facilitación del Comercio
Por la adopción del Protocolo
de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización
Mundial del Comercio, en el cual, en su Anexo 1a se estableció
el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, mismo que entró en vigor el 22 de
febrero de 2017 y fue publicado en el DOF el 6 de abril de ese año.
Su finalidad es facilitar la
coordinación entre las dependencias y las diversas entidades de la
Administración Pública Federal para el diseño, ejecución y evaluación de
programas y acciones en materia de facilitación del comercio, así como para la
implementación y aplicación de las disposiciones del Acuerdo sobre Facilitación
del Comercio.
Tal y como lo señala el
Apartado III “Economía” del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en su rubro
“Impulsar la reactivación económica, el mercado interno y el empleo”.
Tendrá las siguientes
funciones:
• Coordinar las diferentes
dependencias de la Administración Pública Federal que tengan competencia y que
intervengan en los diferentes aspectos relacionados con la implementación y
aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio.
• Coadyuvar con la Secretaría
de Economía y la Secretaría de Relaciones Exteriores, para la simplificación y
automatización de los procesos en materia de comercio exterior, así como
coordinar su ejecución, con un enfoque que propicie su articulación y
complementariedad.
• Analizar y emitir
recomendaciones para mejora de procesos y trámites para el comercio exterior,
y
• Analizar el marco normativo
en materia de comercio exterior y emitir recomendaciones.
Entrará en vigor al día
siguiente de su publicación en el DOF, es decir, desde el 23 de enero, y a
partir de su vigencia contará con 35 días hábiles para instalar el
comité.
Fuente: DOF
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