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Se crea el Comité Nacional de Facilitación del Comercio

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  Por la adopción del Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, en el cual, en su Anexo 1 a  se estableció el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, mismo que entró en vigor el 22 de febrero de 2017 y fue publicado en el DOF el 6 de abril de ese año.    Su finalidad es facilitar la coordinación entre las dependencias y las diversas entidades de la Administración Pública Federal para el diseño, ejecución y evaluación de programas y acciones en materia de facilitación del comercio, así como para la implementación y aplicación de las disposiciones del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio.   Tal y como lo señala el Apartado III “Economía” del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en su rubro “Impulsar la reactivación económica, el mercado interno y el empleo”.    Tendrá las siguientes funciones:   • Coordinar las diferentes dependencias de la Administración Pública Federal que tengan competencia y que intervengan en l

SSA PUBLICA REGLAMENTO QUE PERMITIRÁ EL USO TERAPÉUTICO Y MEDICINAL DE LA CANNABIS

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  El 12 de enero de 2021, la Secretaría de Salud (SSA) publicó en el DOF el “Reglamento de la Ley General de Salud en materia de control sanitario para la producción, investigación y uso medicinal de la Cannabis y sus derivados farmacológicos”, el cual tiene como objetivo principal regular, controlar y vigilar, la producción y comercialización de productos derivados de la Cannabis o marihuana para su uso terapéutico y medicinal. El nuevo reglamento establece que solamente se podrán vender medicamentos derivados de la Cannabis bajo prescripción médica.  Además, aquellos establecimientos en los cuales se comercialicen esos productos, deberán contar con los requisitos establecidos en dicha normatividad. Asimismo, los establecimientos que suministren esos productos deberán llevar un registro de los pacientes a quienes se les distribuyan los medicamentos. Los establecimientos que se destinen al proceso de fabricación o que importen, exporten o utilicen medicamentos de Cannabis,

SAT pone a disposición la aplicación electrónica para presentar los avisos de beneficios fiscales para las regiones fronterizas norte y sur

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El SAT comunicó que a partir del 11 de enero de 2021, esta a disposición de los contribuyentes la aplicación electrónica con la que pueden presentar los avisos para aplicar los beneficios fiscales relativos al ISR e IVA, que prevén los decretos de estímulos fiscales de las regiones fronterizas norte y sur.   Los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2020, se encuentren activos en el Registro Federal de Contribuyentes, y cuenten con el estímulo fiscal en materia del IVA, contenido en el “Decreto de estímulos fiscales para la región fronteriza norte”, podrán facturar con una tasa del 8% del IVA, a partir del 1 de enero de 2021; siempre que cumplan con los requisitos de establecidos en el Decreto.   Fuente :  SAT

LA SHCP Publicó los anexos de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021

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La SHCP publicó en el DOF el 11 y el 14 de enero de 2021, los anexos 3, 5, 7, 8, 11, 14, 17, 25, 25-Bis, 27 y 29 de la RMF para 2021, los cuales se describen a continuación: Anexo 3  Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales. Anexo 5  Cantidades actualizadas establecidas en el Código Fiscal de la Federación (CFF). Se dan a conocer las cantidades en vigor a partir del 1 de enero de 2021 de los artículos 32-H, 80, 82, 84, 84-B, 84-D, 84-F, 84-H, 84-J, 84-L, 86, 86-B, 86-F, 88, 90, 91, 102, 104, 108, 112, 115 y 150. Anexo 7  Compilación de criterios normativos en materia de impuestos internos. Anexo 8  Tarifas del impuesto sobre la renta (ISR) de pagos provisionales por enajenación de inmuebles; aplicables a retenciones en función de la cantidad de trabajo realizado; de ingresos de personas físicas con actividades empresariales y profesionales, y por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles, de los contribuyentes del

Anuncio de estímulos fiscales para las regiones fronterizas

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  El 27 de noviembre de 2020, el ejecutivo Federal anunció apoyos fiscales en la frontera norte hasta 2024 y se establecen apoyos fiscales para la frontera sur.   Conforme a diversos comunicados de prensa se indica que se ampliarán los estímulos y diversos beneficios fiscales de la frontera norte hasta 2024 y que esos mismos beneficios serían aplicados para a la frontera sur del nuestro país.  Las ciudades que serán aplicados en los municipios fronterizos de las ciudades de Chiapas, Tabasco, Campeche y Quinta Roo.  Estímulos fiscales:   Estímulos Fiscales a) Reducción de la tasa del impuesto sobre la renta (ISR) del 30 al 20%    b) Reducción de la tasa del impuesto al valor agregado (IVA) del 16 al 8%    c) Estímulo del impuesto especial sobre producción y servicios (IESPYS) a gasolinas.

LIF 2021

  Ley de Ingresos de la Federación para el  Ejercicio Fiscal de 2021.   El 25 de noviembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2021” (LIF 2021). Dicha norma estima que la Federación obtendrá ingresos por $6 billones, 295,736.2 millones de pesos (mdp).  Ingresos se obtendrán de la siguiente forma: $3 billones 533,031.1 mdp corresponden a impuestos; $381,835.8 mdp a cuotas y aportaciones de seguridad social; $58.0 mdp a contribuciones de mejoras; $42,267.7 mdp a derechos; $9,364.8 mdp a productos; $152,458.2 mdp a aprovechamientos; $1 billón 076,892.0 mdp a ingresos por ventas de bienes, prestación de servicios y otros ingresos; $343,039.0 mdp por transferencias, asignaciones, subsidios, subvenciones, pensiones y jubilaciones; $756,789.6 mdp correspondientes a ingresos derivados de financiamientos. $343,039.0 mdp de transferencias, asignaciones, subsidios y

Senado aprueba dictámenes de la miscelánea fiscal, Ley Federal de Derechos y LIF 2021; se devuelven con cambios a la Cámara de Diputados

La Cámara de Senadores aprobó los dictámenes de la denominada Miscelánea Fiscal para 2021, la Ley Federal de Derechos (LFD) y la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el ejercicio fiscal 2021, mismos que fueron devueltos con cambios a la Cámara de Diputados para sus efectos Constitucionales, dicho Decreto entrará en vigor el  1 de enero de 2021 Es importante destacar que la  Miscelánea Fiscal para 2021  contiene importantes modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR); a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), y al Código Fiscal de la Federación (CFF). Dada su importancia, a continuación, se presentan los cambios más relevantes: I)  Las personas morales con fines no lucrativos, sufren las siguientes modificaciones:  (i)  se eliminan los Programas Escuela Empresa como donatarias autorizadas;  (ii)  se establece que todas las erogaciones que efectúen las personas morales con fines no lucrativos deberán estar amparadas con Comprobantes Fiscales Digitales por Inte